Ética y Deontología Profesional en Fisioterapia

Ética y Deontología Profesional en Fisioterapia

En el ámbito de la fisioterapia, la ética y la deontología profesional juegan un papel crucial en la práctica diaria y en la relación entre el fisioterapeuta y el paciente. La ética se refiere a los principios morales que guían el comportamiento profesional, mientras que la deontología abarca las normas y deberes específicos que rigen la conducta en el ejercicio de una profesión. En este contexto, se destacan tres aspectos fundamentales: el secreto profesional, la correcta información al paciente y el consentimiento informado. Estos elementos no solo garantizan una práctica profesional responsable y respetuosa, sino que también aseguran la protección de los derechos del paciente, promoviendo una atención sanitaria de calidad y una relación terapéutica basada en la confianza y el respeto mutuo.

El secreto profesional implica la obligación de los fisioterapeutas de mantener la confidencialidad de la información obtenida durante el ejercicio de su profesión. Este principio es esencial para proteger la privacidad del paciente y mantener su dignidad, y está respaldado por diversas normativas legales tanto a nivel nacional como internacional. La correcta información al paciente es otro pilar fundamental, ya que permite al paciente tomar decisiones informadas sobre su tratamiento. La ley establece que la información debe ser veraz, comprensible y adecuada a las circunstancias del paciente, y que debe proporcionarse de manera oportuna y clara.

Por último, el consentimiento informado es un derecho del paciente que asegura que cualquier intervención se realice solo después de que el paciente haya recibido toda la información necesaria y haya dado su consentimiento de manera voluntaria. Este concepto se basa en el principio de autonomía del paciente, permitiéndole participar activamente en las decisiones sobre su salud. A lo largo de este documento, se explorarán en detalle estos tres aspectos, apoyándose en referencias legales y éticas para proporcionar una comprensión integral de su importancia y aplicación en la práctica de la fisioterapia.

Secreto Profesional

Definición y Fundamentación Ética

El secreto profesional es una obligación inherente a muchas profesiones, especialmente en el campo de la salud. Los fisioterapeutas deben mantener la confidencialidad de la información sobre sus pacientes. Esto incluye la información de la Historia Clínica, pruebas realizadas, observaciones personales y tratamientos aplicados.

El fundamento ético de esta obligación se basa en la dignidad humana, un valor fundamental e inviolable. También en los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. Estos derechos están establecidos en los artículos 10.1 y 18.1 de la Constitución Española. La dignidad de la persona implica que cada individuo tiene derecho a un ámbito propio y reservado, protegido del conocimiento y la acción de otros.

Legislación Relacionada

El derecho a la intimidad está protegido por varias leyes en España. El artículo 199.2 del Código Penal establece penas de prisión, multas e inhabilitación profesional para quienes divulguen secretos ajenos, violando su obligación de confidencialidad. La Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, asegura que toda persona tiene derecho a la confidencialidad de los datos referentes a su salud. Nadie puede acceder a ellos sin autorización legal. Además, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (2018) adapta la normativa española al Reglamento Europeo de Protección de Datos. Protege estrictamente la información personal de los pacientes.

Obligaciones del Profesional

El profesional sanitario, incluido el fisioterapeuta, no debe transmitir a otras personas la información obtenida en el ejercicio de su profesión. Esto abarca todo lo observado durante la exploración del paciente, las revelaciones hechas por este, los resultados de pruebas y cualquier otro dato confidencial. Esta obligación no solo se basa en principios éticos, sino que es esencial para mantener una relación de confianza entre el profesional y el paciente. Esta confianza permite un mejor conocimiento y tratamiento de la dolencia del paciente.

Información al Paciente

Importancia de la Información

La satisfacción de las necesidades de los pacientes y usuarios en el ámbito sanitario no depende solo de la calidad científico-técnica de los servicios prestados. También de la calidad percibida por el usuario. Esta percepción está directamente influenciada por la información que el paciente recibe sobre su estado de salud y el tratamiento propuesto. Proporcionar información adecuada es crucial para una relación efectiva entre el profesional sanitario y el paciente. Influye en las expectativas y satisfacción del usuario.

Leyes y Normativas

La Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, establece el derecho del paciente a recibir información adecuada y el deber del profesional de documentar todas las actuaciones sobre el paciente en la historia clínica. Esta ley define varios términos clave:

  • Historia clínica: Conjunto de documentos que contienen datos sobre la situación y evolución clínica del paciente.
  • Información clínica: Datos que amplían conocimientos sobre el estado de salud del paciente.
  • Intervención sanitaria: Actuaciones preventivas, diagnósticas, terapéuticas, rehabilitadoras o de investigación.

Características de la Información

La información proporcionada al paciente debe ser:

  • Veraz: No se debe engañar al paciente. En algunas ocasiones, la información puede ser omitida por necesidad terapéutica. Esto ocurre cuando el conocimiento de su dolencia pueda perjudicar gravemente su salud.
  • Comprensible: El lenguaje empleado debe adaptarse al nivel intelectual y cultural del destinatario. No debe impedir el uso de términos técnicos siempre que estos se expliquen de manera clara y sencilla.
  • Adecuada: La información debe ajustarse a las circunstancias personales del paciente. Esto incluye su edad y estado de ánimo. También debe proporcionarse en el momento adecuado para permitir una toma de decisiones informada.

Casos Especiales

En situaciones donde informar al paciente pueda perjudicarle gravemente, el sanitario puede actuar sin proporcionar toda la información. Debe dejar constancia de las circunstancias en la historia clínica y comunicar su decisión a las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho. Este principio se recoge en el artículo 5.4 de la Ley 41/2002, que contempla la necesidad terapéutica como una excepción al deber de informar.

Además del paciente, pueden ser informadas las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. Esto siempre que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. La ley apuesta por la autonomía del paciente. Este decide si comparte o no la información relativa a su salud con sus familiares o allegados.

Consentimiento Informado

Definición y Requisitos

El consentimiento informado es la autorización autónoma del paciente para realizar cualquier intervención o participar en un proyecto de investigación. Para que el consentimiento sea válido, deben concurrir los siguientes requisitos en el paciente:

  1. Competencia: El paciente debe ser capaz de tomar decisiones informadas sobre su salud.
  2. Exposición: Debe recibir una explicación clara y detallada de la información.
  3. Comprensión: El paciente debe entender la información proporcionada.
  4. Voluntariedad: El consentimiento debe darse de manera libre y voluntaria, sin coacción.
  5. Consentimiento: Finalmente, el paciente debe expresar su consentimiento.

Excepciones y Representación

En casos donde el paciente no pueda dar su consentimiento, este puede ser otorgado por representación. Las circunstancias que permiten el consentimiento por representación incluyen:

  1. Cuando el paciente no es capaz de tomar decisiones debido a su estado físico o psíquico.
  2. Cuando el paciente tiene la capacidad modificada judicialmente.
  3. Cuando un menor no es capaz de comprender el alcance de la intervención, el consentimiento lo da el representante legal del menor.
  4. En casos de menores emancipados o con dieciséis años cumplidos, si hay un grave riesgo, el consentimiento debe ser prestado por el representante legal. Esto ocurre después de escuchar la opinión del menor.

La prestación del consentimiento por representación debe ser adecuada a las circunstancias y siempre en favor del paciente. Debe respetar su dignidad personal y participar en la medida de lo posible en la toma de decisiones a lo largo del proceso sanitario.

Casos Jurídicos Relevantes

Caso Schloendorff (1914)

En enero de 1908, Mary Schloendorff ingresó en el Hospital de Nueva York para ser evaluada y tratada por un trastorno de estómago. El médico le recomendó cirugía debido a la presencia de un tumor, pero Mary se negó rotundamente, consintiendo solo una laparotomía exploratoria bajo anestesia para determinar la malignidad del fibroma. Durante el procedimiento, los doctores decidieron extirpar el tumor sin su consentimiento. Mary sufrió complicaciones postoperatorias que provocaron la extirpación de varios dedos de su mano izquierda y presentó una demanda. En 1914, el tribunal dictaminó que realizar una operación sin consentimiento constituye una agresión médica. Este caso sentó las bases del principio de autonomía, reconociendo que toda persona tiene derecho a decidir sobre su propio cuerpo y que la vulneración del consentimiento informado genera responsabilidad para el profesional sanitario.

Caso Salgo (1957)

El caso Salgo estableció explícitamente el derecho al «consentimiento informado». Martín Salgo, de 55 años, se sometió a una aortografía diagnóstica y, al día siguiente, descubrió que sufría parálisis irreversible en sus miembros inferiores. Salgo denunció al médico por no haberle informado de los riesgos de la intervención. El tribunal estableció que el médico tiene la obligación de revelar suficientemente los posibles riesgos y complicaciones de una intervención. Esto permite al paciente formar un consentimiento racional. Este caso completó la configuración del derecho al consentimiento informado, vinculando el principio de autonomía con el derecho a la libre determinación del paciente.

Conclusión

Importancia de la Ética y Deontología profesional en Fisioterapia

La ética y deontología profesional en fisioterapia son pilares fundamentales. Estos principios aseguran una práctica sanitaria respetuosa y efectiva. Protegen los derechos de los pacientes y fortalecen la relación de confianza necesaria entre el profesional y el paciente. El secreto profesional, la correcta información al paciente y el consentimiento informado son componentes esenciales que deben ser rigurosamente observados por todos los fisioterapeutas.

Protección de la Privacidad y Derechos del Paciente

El secreto profesional garantiza que la información sensible del paciente se mantenga confidencial. Esto es crucial para proteger la dignidad y privacidad del paciente. Las leyes y normativas establecen claramente las consecuencias de la divulgación no autorizada de esta información. Subrayan la importancia de este principio.

Información Veraz y Comprensible

La correcta información al paciente no solo es un deber legal. También es un elemento clave para asegurar que los pacientes puedan tomar decisiones informadas sobre su salud. La información debe ser veraz, comprensible y adecuada. Debe adaptarse a las circunstancias individuales de cada paciente. Esto fomenta una relación más equitativa y respetuosa entre el profesional y el paciente.

Autonomía y Consentimiento Informado

El consentimiento informado representa la culminación del respeto por la autonomía del paciente. Permite que los pacientes tengan control sobre las intervenciones que se les realicen. Asegura que estas se lleven a cabo solo con su consentimiento informado y voluntario. Los casos de Schloendorff y Salgo han sido fundamentales en el establecimiento de este derecho. Estos casos muestran la evolución y consolidación del consentimiento informado como un principio legal y ético imprescindible en la práctica médica.

Compromiso con la Ética y Deontología profesional en fisioterapia

La ética y deontología profesional en fisioterapia son esenciales para garantizar una práctica segura, efectiva y respetuosa de los derechos del paciente. Los fisioterapeutas deben estar siempre comprometidos con estos principios. No solo para cumplir con las normativas legales. También para ofrecer una atención de calidad que promueva el bienestar y la dignidad de los pacientes. Este compromiso ético y deontológico distingue a la fisioterapia como una profesión dedicada a la salud y al servicio de las personas.


Referencias


  1. Basic right to consent to medical care – Schoendorff v. Society of New York Hosp., 105 N.E. 92, 93 (N.Y. 1914) [Internet]. Lsu.edu. [cited 2024 May 19]. Available from: https://biotech.law.lsu.edu/cases/consent/schoendorff.htm
  2. Unican.es. [cited 2024 May 19]. Available from: https://ocw.unican.es/pluginfile.php/710/course/section/389/6%2520CI%2520Desarrollo%2520judicial.pdf

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